Tumban prohiƅición para consumo de alƈohol y dosis mínima en espacio público

La Corte Constitucional tumbó una norma del Código de Policía que prohiƅía el consumo de alƈohol y sustancias psicoactivas en el espacio público y fijaba multas para los ciudadanos que lo hicieran y fueran descubiertos por uniformados.

La Sala Plena estudió la demanda de Diana Paola Blanco contra los artículos 33 y 140 del Código de Policía y consideró que la esta normativa desconoce los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la expresión y al acceso al espacio público de la Constitución Política.

En su momento, la demandante dijo que “el cargo principal de la demanda consiste en que hay una vulneración de los derechos constitucionales previstos en la Constitución Nacional en los artículos 16, que prevé en libre desarrollo de la personalidad, 20 que contempla derecho fundamental a la libertad de expresión y 82 que dispone el derecho colectivo al uso común del espacio público”.

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De acuerdo con la magistrada ponente, Diana Fajardo, “el problema de la norma es que es sobre inclusiva, dado que habla de cualquier sustancia, cualquier consumo que, según la norma, daría lugar a una acción correctiva. Entonces, por ejemplo si una familia está departiendo de manera campestre y comparten vino o una cerveza no quiere decir que este comportamiento fomente algún acto irregular de seguridad en el espacio público”.

En la votación de la demanda solo hubo un salvamento de voto: el del magistrado Carlos Bernal, quien consideró que los artículos demandados del código no era inconstitucionales. Aun así, fueron tumbados por la mayoría de los magistrados de la Sala Plena de la Corte Constitucional.